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Vltima sentencia que en los diez y ocho del mez de Abril de 1630 annos se ha dado en Madrid en el Supremo Consejo de la Sancta General Jnquisicion de España, sobre el libro in Quinque Praecepta Ecclesiae del Padre Estevam Fagundes de la Companhia de JESUS de Portugal, siendo Jnquisidor General el Jllustrissimo Senhor Cardenal Capata, presentes los Senhores del dicho Supremo Consejo, en que se dá por libre, de buena, y sana doctrina el dicho libro sin embargo de los Editos, y prohibicion de la Sancta Jnquisicion, que contra el se avian passado el año de 1627.
Breve noticia de unos de los fundamentos, que hai para permittir a los Christianos Chinos el Culto del Confucio, y de los defuntos, que les permittio la Sag. Cong. de Universal Jnquisicion en tiempo del Papa Alex. VII. [1670 Set. 30].
Libro Primero. Del Principio y progresso de la Religion Christiana en Japon y de la especial Providencia de que nuestro Senhor vsa con aquella nueva Iglesia. Compuesto por el Padre Alexandre Valignano de la Compañia de Jesus En el año 1601.
La influencia cultural de Diego de Pantoja en el diálogo entre Europa y China en los siglos XVI-XVII y el presente
Memorial Apologetico. Al Exllm. senhor Conde De Villa Humbrosa Presidente del Consejo supremo de Castilha &.a De parte de los Missionarios Apostolicos del Jmperio da China. Repreguntando, los Reparos que se Hazen en vn libro, que se ha publicado en Madrid este año de 1676. em grave perjuizo de aquella Mission.
Llego el Padre Francisco Cabral, a Japon al qual el Padre Cosme de Torres entrego el officio, y el se fue a descançar en el Cielo con mucho sentimiento de los Christianos. Capitolo. 25. : Fin del primero libro acabouse a los 25 de Julio de 1 Año 1605.
Manifiesto Jurido.co [sic] Por El Mestre de Campo D. Juan Devargas Hurtado, Caualhero de la orden de Santiago, Presidente, Gouernador, y Capitan General, que fue de la Audençia de la Ciudad de Manila, e Jslas de Filipinas. En Respuesta del que ha escrito, y sacado a luz Fray Raimundo Berart, del orden de Predicadores, como poder aviente del Reuerendo Arçobispo de aquellas Jslas. Don Fray Felipe Pardo. Sobre la absolvcion, y penitencia publica, impuesta por este Prelado à dicho Don Juan de Vargas. Con Licencia del Real, y Supremo Consejo de las Jndias. En Madrid: Por la Viuda de Roque Rico de Miranda. Año de 1691.
Discurso Tercero en que se prveba, que el R. Arcobispo pudo, y debio absolver a dicho Don Juan sin el gravamen de la penitencia publica que le impuso.
Addicion primera acerca del primero, segundo, y tercero Capitulo del dicho Sumario en los quales se trata de la descripcion, costumbres, qualidades, y religio delos Japones. [f. 116v.]
Historia de los pp. Dominicos en las islas Filipinas y en sus misiones del Japon, China, Tung-kin y Formosa, que comprende los sucesos principales de la historia general de este archipiélago, desde el descubrimiento y conquista de estas islas por las flotas españolas, hasta el año de 1840
Proponense las Resoluciones de la Audiencia con los Padres Fray Francisco de villalva, y Fray Christoval Pedroche sobre los sermones que predicaron el dia de la Epiphania del año de 82, y el Domingo de Septuagesima del de 84, y la estrañeza executada en estos, y otros Relegiosos del Sagrado orden de Santo Domingo; y enlo sucedido con el Maestro Juan Gonçalez Prouisor, que antes era del R. Arçobispo; y se funda la inculpabilidad de Don Juan de Vargas.
Cap. 18. Del 4.0. discurso, en que da diversos medios, y consejos para que los Reyes de Castilla vengan a cobrar este mando en la China, y Japon, y lo exerciten de hecho como lo tiene de derecho.
Del 2.º. discurso en que con tres pruevas muestra el frayle que los P. de la Companhia occuparon en Japon la monarchia con toda la jurisdicion, y actos della, concedida porel Papa a los Reyes de Castilla. Cap. 13.
De lo que hizieron los nuestros en Japon en el año 61. y 62. y como se abrio la puerta al Evangelio en las tierras de Vomura. Cap. 17.
Consulta hecha en Japon a los dez de Henero del anno 1603. en el Collegio de Nangazaqui acerca si Japon, y China se deve hazer Provincia apartada de la India.
Consulta hecha en Japon a los dez de Henero del anno 1603. en el Collegio de Nangazaqui acerca si Japon, y China se deve hazer Provincia apartada de la India.
Muestrasse que los Padres de nuestra Compañia en el governo desta nueva Iglesia desde el principio siguieron las pisadas y doctrina de los Apostolos y mas Sanctos de la primitiva Iglesia. Cap. 16.
Anno 1707. Alegacion Fiscal por la jurisdicion Ecclesiastica en que se funda el derecho de los Señores Arzobispos de Manila en pedir la razó, y cuentas a los Hermanos de la Meza de Miã de los Albazcazgos [?], y testamientos cuya execucion, y cumplimiento queda a su cargo.
El Padre Puente en la vida que escriviò del P. Alvaro Rodriguez C. 43. §.1. en confirmación de los ex.os dice esta revela que nuestro Señhor hizò a una Sancta hija suya de confession.
Falecio el hermano Duarte de Silva y Don Bertholame cobre su estado y los nuestros fueron restetuidos en las tierras de Arima y en Firando y muchos se convertieron en las partes del Meaco. Cap. 20.
Puntos necessarios para administrar el Sacramento del Baptismo al infiel adulto determinados por los Ministros de la Mission Seraphica en la China.
De la grande renta, que el frayle dizen, que tienen los P.es en Japon, allen del trato. Cap. 17.
Sernon [sic] en las exequias Funerais que la Provincia del sanctisimo Rozario hizo el eminentisimo y Reverendissimo S. cardenal de Tournon el covento de N. P. S. domingo de manila de las illas Phipinas [sic] a los 22 de maio del anno de 1711.
El origen de dicha Mission con dichas faculdades e instruciones se hallan entre los papeles del dicho Obispo.
Refierese lo acaeçido, y obrado despues de la estrañeza del R. Arçobispo, sobre el govierno del Arçobispado, y se funda la ninguna culpa de Don Juan de vargas en este hecho.