-
Muestrasse que los Padres de nuestra Compañia en el governo desta nueva Iglesia desde el principio siguieron las pisadas y doctrina de los Apostolos y mas Sanctos de la primitiva Iglesia. Cap. 16.
-
Rezumen del alegato Fiscal por la Jurisdicion Ecclca para tomar cuentas de los Albazcasgos a los Hermanos de la Meza, en que se pone breve, clara, y desnuda la verdad de su assumpto en des proposiciones.
-
Caput. 1. Quae sit Presbiterorum Gallorum in missionibus Doctrina.
-
Vltima sentencia que en los diez y ocho del mez de Abril de 1630 annos se ha dado en Madrid en el Supremo Consejo de la Sancta General Jnquisicion de España, sobre el libro in Quinque Praecepta Ecclesiae del Padre Estevam Fagundes de la Companhia de JESUS de Portugal, siendo Jnquisidor General el Jllustrissimo Senhor Cardenal Capata, presentes los Senhores del dicho Supremo Consejo, en que se dá por libre, de buena, y sana doctrina el dicho libro sin embargo de los Editos, y prohibicion de la Sancta Jnquisicion, que contra el se avian passado el año de 1627.
-
Anno 1707. Alegacion Fiscal por la jurisdicion Ecclesiastica en que se funda el derecho de los Señores Arzobispos de Manila en pedir la razó, y cuentas a los Hermanos de la Meza de Miã de los Albazcazgos [?], y testamientos cuya execucion, y cumplimiento queda a su cargo.
-
Caput 7.0 Jndicium Gallorum Missionarium de Societatis Doctrina ac gubernatione.
-
Testimonium in favorem doctrinae Patrum Societatis JESU in Sinis degentium. [1672 Abr. 21]
-
De la cauza y razon porque los Señores Christianos no pueden sustentar a los P.es y sus Jglesias en Japon. Cap. 28.
-
De la Religion y Setas de los Japones. Cap. 3.º
-
La documentación municipal de la ciudad de Macao a lo largo de los siglos XVI y XVII
-
Haziendose mucho servicio a nuestro Señor especialmente en las partes del Meaco mataron al Cubo, y los nuestros fueron desterrados de aquella Ciudad y se recogieron para la Ciudad de Sacay y la armada de Firando peleo con la nave de los Portoguezes. Cap. 21.
-
Del mucho cuidado y modo que se ha de tener para conservar la vnion entre los Hermanos, y dogicos Japones, y los nuestros de Europa. Cap.º 16.º
-
De la importancia de los Seminarios de los naturales' y del modo que se ha de tener. Cap. 12.
-
De la 5.a e vltima cosa principal, y primeiro discurso, que hase acerca della, en que muestra, quan differentemente y quanto mas prefectamente procedian los frayles, que los P.es de la Compañia. Cap. 23.
-
Primeira porte [sic] origen y pregressos de la Mission de los tres Vicarios Apostolicos Obispos embiado por el Papa Alexandro VII a los Reynos de China, Tunquim, Cochinchina, y otros.
-
Version del memorial que el cungtò Prefecto primario de las Provincias Kuang tung, y Kuang Sy de alcuna Kung diò al Jmperador con ocasion de la llegada de los dos Padres Carmelitas embiados de Roma con breves, y presentes de su santae al Jmperador de China. [1726 Jan. 14]
-
Reparo Quinto. De la franqueza, y lisura con que reprehende a los Ministros de SU Magestade.
-
De la 4.a cosa principal, en que quiere dar a entender, quan mal se han los P.es de la Companhia en Japon en la conversion de los gentiles, y en doctrinar los Christianos poniendo diversos yerros que hasen. Cap. 22.
-
Historia de la Provincia del Santísimo Rosario de los Dominicos en Filipinas, China y Japón
-
De los damnos, que se han seguido en Japon, de la ida de los frayles descalsos de Manila, y invenciones, que buscaron para los encubrir. Cap. 26.
-
1628. Memorial del P. Juan Baptista Poca de la Companhia de Jesvs en satisface a las queias que los p.es de S. Domingo dieron al Conde Duque sobre libro, que imprimio de la Concepcion de la Virgem.
-
La influencia cultural de Diego de Pantoja en el diálogo entre Europa y China en los siglos XVI-XVII y el presente
-
Proponense las Resoluciones de la Audiencia con los Padres Fray Francisco de villalva, y Fray Christoval Pedroche sobre los sermones que predicaron el dia de la Epiphania del año de 82, y el Domingo de Septuagesima del de 84, y la estrañeza executada en estos, y otros Relegiosos del Sagrado orden de Santo Domingo; y enlo sucedido con el Maestro Juan Gonçalez Prouisor, que antes era del R. Arçobispo; y se funda la inculpabilidad de Don Juan de Vargas.
-
Como la Companhia deve hazer mas caudal de las partes de Miaco, y de la differencia que ay entre ellas, y las otras, y del modo que se tiene en hazer, y conservar los Christianos. Cap. 11.º