Channels
De la 2.a cosa principal,y primeiro discurso acerca della, en el qual el frayle pertende provar ser necessario para la perfecion de la Jglesia Vniversal haver muchos estados de Religiones. Cap. 9.0.
Del 2.º discurso, en que pretiende provar, que en las Jglesias particulares de qual quiera Provincia, y Reyno es necessario haver diversas Religiones. Cap. 10.0
Del 5.0. discurso en que el frayle pertende mostrar las causas, porlas quales el breve era invalido, y no les obligava. Cap. 8.º.
Del 4.º discurso, en que pertende mostrar de quanta importancia sea al servicio de Dios, y de S. Magestad haver frayles descalsos de las Philippinas en Japon, y que en ninguna manera conviene trocarlos por frayles Portugueses, ni guardarse en Japon la cedula que S. Magestad embiò a Manila. Cap. 28.
De la 5.a e vltima cosa principal, y primeiro discurso, que hase acerca della, en que muestra, quan differentemente y quanto mas prefectamente procedian los frayles, que los P.es de la Compañia. Cap. 23.
Del 2.º. discurso en que con tres pruevas muestra el frayle que los P. de la Companhia occuparon en Japon la monarchia con toda la jurisdicion, y actos della, concedida porel Papa a los Reyes de Castilla. Cap. 13.
Procigue la misma materia proponiendo el frayle otros medios, para se alcançar lo que dixo. Cap. 21.
Respondese a las cosas, que dixo el frayle, y muestrase quan errados son sus medios. Cap. 19.
Carta de Fr. Bernardino de la Jglesia Obispo de Pekim Al muy Reverendo Padre in Christo Carissimo el Padre Joseph Soarez V. Provincial de la V. Provincia de la Compñia de JESUS. Lin Ching Cheu y Julio 31 de 1708.
De la grande renta, que el frayle dizen, que tienen los P.es en Japon, allen del trato. Cap. 17.
Libro Primero. Del Principio y progresso de la Religion Christiana en Japon y de la especial Providencia de que nuestro Senhor vsa con aquella nueva Iglesia. Compuesto por el Padre Alexandre Valignano de la Compañia de Jesus En el año 1601.
Del 3.0. discurso del frayle, en que pretiende mostrar ser necessario especialmente en Japon aver diversas Religiones. Cap. 11.
Proceso ordinario, e informacion hecha sobre el Martyrio, que padecio en el Ymperio del Xapon el P. Marcelo Francisco Mastrili Religioso de la Sagrada Religion de la Companhia de JESVS, hecha, y causada en la Ciudad de Manila de las Yslas Philipinas ante el Jllustrissimo Senhor Don Fr. Hermando Guerrero Arçobispo de las dichas Yslas. Año de 1638. Notario especial desta causa. Diego Sanches de el Orriaga.
Discurso Tercero en que se prveba, que el R. Arcobispo pudo, y debio absolver a dicho Don Juan sin el gravamen de la penitencia publica que le impuso.
La libertad de la ley de Dios en el imperio de la China
De la quarta, y quinta prueva, quedà el frayle de lo mismo en que accuza alos P.es por desleales a los Reys de España. Cap. 14.
Del 3.º discurso en que quiere mostrar quan aruinada estava la Christandad de Japon quando los frayles fueron allà, y quan grande fue la mudança, que en ella vvo con su hida, y provechos, que se siguieron. Cap. 25.
Carta Annua de la Mission Sinica de la companhia de JESU desde el año 1685 hasta el 1690.
Capitolo con que la concordia se puede haser entre los Religiones que estan en la China.
Del 3.0. discurso de Fray Martin acerca del breve em que quiere mostrar que los dela Companhia tienne poco concepto de las otras Religiones, y mucho de si. Cap. 6.0.
De la Religion y Setas de los Japones. Cap. 3.º
Passo el Padre Vilela varios trabajos en el Meaco y comsenco a haser muchos Christianos. Capitolo 16.
Memorial por la religion de S. Francisco en defensa de las doutrinas de Serafico Doutor S. Buenaventura, del sutilissimo Doutor Escoto, y otros Doutores classicos de la misma Religion. En Madrid, por la Viuda de Luiz Sanches. Anno: M. DC. XX. VIII.
De la 3.a cosa principal, y del primeiro discurso acerca della en que prueva, que porla concecion de Alexandro 6.0, se dio plenario dominio, y monarchia a los Reyes de Castilla de todos los Reynos, y Jslas Occidentales en las quales segund el dize, entra Japon y China, descriviendo toda la juridicion, y poder, que tienen sobre ellos y tambien las obligaciones. Cap. 12.
Hizieron les noestros mucho fruto en diversas partes y se abrio nueva puerta a la Christiandad en las tierras de Amacusa y fueron restituidos en la Ciudad de Miaco. Capitolo 23.