Segundo. En que se fvnda no aver excedido Don Juan de vargas en lo obrado en la execucion de la estrañeza del Reverendo Arçobispo, ni en los lances posteriores a ella, y se satisface à lo que contra esto se opone en contrario.
Entry number 6287 in catalogue "Jesuítas na Ásia"
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- Primero. En que se Prveba la incvlpabilidad de D. Juan de Vargas, en la resolucion de la estrañeza del Reverendo Arcobispo, que decreto la Audencia, y en los lances que se subsiguieron hasta su execucion.
- Refierese lo acaeçido, y obrado despues de la estrañeza del R. Arçobispo, sobre el govierno del Arçobispado, y se funda la ninguna culpa de Don Juan de vargas en este hecho.
- Jtem en las espaldas de la misma carta se halla lo que se sigue.
- De lo que hizieron los nuestros en Japon en el año 61. y 62. y como se abrio la puerta al Evangelio en las tierras de Vomura. Cap. 17.
- Lo que hizo el Padre Xavier la segunda vez en Yamaguchi hasta bolver para la India. Capitolo 4.º
- Carta que vn padre llamado Cosmo de torres que entro en la Jndia en la Companhia de Jhu scriue a los hermanos de portogal en que da cuenta de como nuestro Sr lo llamo a la Companhia scrita de Goa a 25 de Enero 1549.